La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó de forma unánime la decisión del Consejo de Transparencia, según la cual las licencias médicas y registros de consultas clínicas son datos de carácter sensible. La Corte determinó así que FONASA, entidad a quien le habían solicitado la información, debe contar con la autorización del titular para compartirla, pues no se encuentra dentro de las causales para eximirse de este requisito de acuerdo a la Ley 19.628 sobre Protección de la Vida Privada. Se establece que como responsable de esta información debe tomar los resguardos necesarios para protegerla.