Corte Suprema argentina equiparó el acceso no autorizado a Facebook con la intromisión a correspondencia privada

La Corte Suprema argentina equiparó el acceso no autorizado a una cuenta de Facebook con la intromisión a la correspondencia privada. Esta resolución se da tras la declaración de incompetencia por parte de un juez federal por no haberse afectado el servicio postal, ante lo cual la Corte Suprema aclaró que al tratarse de un acceso ilegítimo a una comunicación electrónica restringida al que sólo es posible entrar a través de un servicio de telecomunicaciones, sí cabe dentro de su jurisdicción. Así, se equiparó esto a la violación de correspondencia por cualquier medio, infracción a la privacidad contemplada en el código penal argentino.